La Suprema
Corte de Justicia de Uruguay declaró, el 22 de febrero,
inconstitucional unos artículos clave de una norma que permitía juzgar
violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar de
1973 a 1985, restableciendo la ley de caducidad que otorgó amnistía a algunos
acusados.
La
decisión deja en el limbo a decenas de procesos que siguen abiertos por
crímenes de lesa humanidad durante ese período.
"Decidimos
declarar la inconstitucionalidad para el caso concreto de los artículos 2o y 3o
de la ley 18.831", dijo a periodistas el presidente del máximo tribunal,
Jorge Ruibal Pino.
El
fallo reedita en forma indirecta la ley de Caducidad, o amnistía, aprobada en
diciembre de 1986 en el país tras ser negociada por los partidos políticos y
los militares durante la transición hacia la democracia. La norma impedía
llevar a juicio los casos ocurridos en ese período.
El
presidente izquierdista José Mujica, un ex guerrillero que combatió contra el
régimen militar, fracasó en sus intentos por anular la ley de Caducidad, por lo
que optó por impulsar la norma y logró que fuera sancionada por el Congreso en
octubre del 2011.
De otra
manera, los crímenes cometidos durante la dictadura hubieran caducado en
noviembre de ese año.
A pesar
de la amnistía, una decena de militares fueron juzgados y puestos en prisión,
como el dictador Gregorio Alvarez y el ex presidente de facto Juan María
Bordaberry, fallecido en julio del 2011.
Unas
200 personas murieron y miles fueron torturadas y abusadas en dictadura,
mientras otros debieron exiliarse.
El
fallo de la corte se conoce una semana después de que el órgano decidiera
trasladar de la justicia penal a la civil a la jueza Mariana Mota, que había
protagonizado varios juicios a militares y que tenía en su haber más de 50
causas asociadas a la violación de derechos humanos durante la dictadura.
Fuente:
Reuters
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